Fundación de Moya y su Antigüedad

 

Baltasar Cavallón de la Carrera

FUNDACION DE MOYA Y SU ANTIGÜEDAD

 

Edición por Luis Mombiedro Manso

                        

        

            

 Prólogo: la carta de un alcaide de Moya

  En 1993 la profesora Sara T. Nalle, historiadora norteamericana, acudió a la Chancillería de Granada en busca de datos para su libro sobre un hereje de la tierra de Moya en el siglo XVI; allí, a petición de don Régulo Algarra, se interesó por el resto de la documentación moyana disponible y dio con el manuscrito que ahora publicamos. Se trata de una carta histórica de Baltasar Cavallón de la Carrera, alcaide de Moya, dirigida a la heredera del marquesado; la fecha que consta en la dedicatoria, 13 de marzo de 1625, anterior en medio siglo al capítulo VII del "Retrato del Buen Vassallo" de Pinel y Monroy sobre "Antiguedad, Nobleza, y Privilegios de la Villa de Moya" (pp. 206-219), hace de esta carta el primer estudio algo extenso (12 páginas) que se conoce sobre historia de Moya.

 

La obra aporta cierto número de novedades. Cita pasajes de una "coronica" manuscrita, hoy perdida, del licenciado Pedro de los Ríos sobre "las fundaciones de la Ciudad y Obispado de Cuenca"; resume un privilegio de Alfonso X autorizando en 1252 una nueva repoblación o repartimiento de la tierra de Moya; pasa por alto la conocida leyenda de la conquista de Moya por Alvaro Mariño y atribuye esa conquista a los Azagra de Albarracín con argumentos titubeantes y erróneos, recogiendo una tradición vigente en su momento entre algunas familias moyanas; da cuenta de una polémica, que subsistía en su tiempo, en torno a la legitimidad de los cargos públicos nombrados por los marqueses, ya que los moyanos se escudaban en el fuero de la villa para reclamar la elección de alcaldes. De hecho esa disputa late en todo el texto, que en parte se escribe "en la justificacion que estas mercedes [i.e. la concesión del marquesado a Cabrera y Bobadilla] tuvieron contra la pretension que los Vasallos han tenido de no poder ser enagenados y de la que ay a llevar los Señores Marqueses los derechos que oy llevan...", y es una muestra más del nulo fervor que sintieron los moyanos por la transformación de su realengo en marquesado "sin que aya mas Justicia ni Alcaldes de los que quieren" (párrafo 2). Con su carta, Cavallón inicia o prosigue una literatura apologética de los marqueses de Moya -ciertamente menesterosos en ese aspecto- que culmina Pinel con el "Retrato del Buen Vassallo". Recordemos las dos grandes sombras que gravitaron sobre estos marqueses: la posible sangre judía de los Jibaja/Madrid/Cabrera y la ilegítima transformación en señorío de una tierra comprada por los propios vecinos y entregada a la Corona bajo juramento de no enajenarla nunca.

 

La mayor aportación de la carta está quizás en las citas del fuero de Moya, anteriores en más de siglo y medio a la descripción de Mateo López. Cavallón copia además una lista de jueces de cuya existencia, inserta en el fuero latino, sabíamos por Mateo López; la transcribe dándola como de alcaldes porque sostiene la teoría de que Moya siempre tuvo alcaldes y corregidores de elección señorial o regia; por demás, en los siglos XVI y XVII estas listas de jueces son llamadas de alcaldes (así en "Nobleza de Andalucía" de Argote y el "Cronicón de los alcaldes de Cuenca" de la Academia de la Historia). Copia 37 judicaturas, y aunque el texto es poco fiable, carente de efemérides y lleno de malas lecturas, se suma a otras listas que se conocían hasta ahora en la tradición conquense: las de Cuenca y Baeza.

 

El manuscrito, que conocemos por una fotocopia, es al parecer un pergamino de seis folios escritos por las dos caras, que fueron numerados del 24 al 29 en los rectos; tiene llamadas en todos los vueltos salvo 1v; la de 6v no tiene continuación; todo el escrito es de la misma mano salvo una nota contradictoria en 1v. La caja de escritura permite abundantes anotaciones en el margen izquierdo. En el folio 1r el título FUNDA/cion de Mo/ya y su anti/guedad ; ocupa la mitad de la caja y le sigue la dedicatoria fechada; el segundo párrafo, un pequeño prólogo, se inicia con la palabra "Haviendo" a cuádruple espacio. El texto histórico comienza en el tercer párrafo con las palabras "La villa de Moya se"

 

Nuestra transcripción se ha hecho respetando en lo posible el texto original, incluido algún arrepentimiento, pero suprimiendo nexos entre palabras, resolviendo las abreviaturas corrientes y añadiendo mayúsculas en topónimos y antropónimos donde faltan, sin suprimir mayúsculas solecistas y conservando la grafía original para los nombres de personajes no conocidos. Las notas al margen izquierdo han sido trasladadas a final de párrafo, donde su borrosa incumbencia apenas se incrementa. De la lista de jueces de Moya hemos suprimido las dobles barras separadoras (=), sustituyéndolas por alineamiento numerado en columna. Todo punto y coma es añadido, y suple algunos de los abundantes vacíos de puntuación. El original carece por completo de acentos y diéresis, y hemos optado por añadirlos, salvo en nombres no conocidos y en el documento del párrafo 22; pero en las notas al margen sólo se han resuelto abreviaturas y nexos.

 

Hemos numerado los párrafos del texto y nuestras notas se refieren a ellos.

 

 

<1r>            FUNDACION DE MOYA Y SU ANTIGÜEDAD

 

 

 

A mi Señora Doña Luysa Bernarda de Cabrera y Bobadilla

Por el Doctor Balthasar Cavallón Alcayde de la fortaleza de Moya criado del Marqués mi Señor su Padre

Por la prissa del mensagero seré breve suplicando a Vuestra Señoría honrre este discurso con honrrarle y leerle para entretener la soledad de Alarcón como yo lo hago para entretener la de mi vegez y enfermedad entretanto que dedico a Vuestra Señoría otros de su grandeza y de Don Diego mi Señor con cuya vida y larga sucessión nos guarde Dios a Vuestra Señoría de Moya Marzo 13 de 1625. Doctor Balthasar Cavallón de la Carrera. >1<

 

Haviendo determinado hazer una breve declaración a las hordenanças desta Villa de Moya mi patria por la obligación natural que en esto le devo me paresció sacar una breve declaración de su antigüedad sitio y fundación y otras que la ennoblecen y de los Señores que la han posseydo hasta que su buena suerte la truxo a los Señores Marque<1v>ses que oy la tienen y possehen a ella y su tierra Herigido y fundado en un Marquesado la misma Villa y tierra por las justíssimas y forçosas causas que los Reyes Cathólicos tuvieron a engrandecer los muy altos y grandes servicios de Don Andrés de Cabrera y Doña Beatriz de Bobadilla primeros Marqueses fundadores desta Casa y de la de Chinchón y de la justificación que estas mercedes tuvieron contra la pretensión que los Vasallos han tenido de no poder ser enagenados y de la que ay a llevar los Señores Marqueses los derechos que oy llevan y ser suyas las maderas y el poderlas cortar y vender y llevar como cosa suya que esto es necesario para la declaración de las Hordenanzas pues por Ellas se les Aplica el daño como a dueños y parte de la pena a mis Señores a quien incumbe la Jurisdición civil y criminal sin que aya más Justicia ni Alcaldes de los que quieren.

[NOTA] Ay dos Villas de Moya una de la que tratamos que es en el Obispado de Cuenca de que hace mencion el libro de los milagros de nuestra Señora de Monserrate Milagro 55 folio 77 y refiere alli un milagro sucedido en esta Villa a unos pasageros vezinos de Osma y el mismo refiere otro milagro hecho en la Villa de Moya del Obispado de vique que es en Cataluña milagro en los añadidos al folio 199 a la buelta hecho con Eulalia pons ferrera testigo entre otros Claudio reneses ermitaño. >2<

 

La villa de Moya según el Licenciado Ríos inquisidor de Cuenca en un libro que anda de mano suyo de las fundaciones de la Ciudad y Obispado de Cuenca en el qual está la dicha Villa y su tierra y lugares excepto el lugar de Santa Cruz que es su aldea y del Obispado de Segorve que es en el Reyno de Valencia la haze tan antigua que ninguna más ni tanto en el Reyno porque dize que la Hija de Athlante 12 Rey de España contando por primero a Atúbal poblador della fundó un Castillo en el cerro que oy está fundada esta Villa "que es un monte muy alto y que de mons y Ya su fundadora Vino a dezirse monsya o monte de la [sic] y de allí Moya" como más acomodado a la pronunciación; compruébalo con que el Castillo donde oy está la casa es muy más antigua que la torre el Omenage y cerca de la Villa y ansí se conoce que la cerca del alvacara que es detrás del Castillo es muy más antigua que la de la Villa la qual para proporcionarla con la nueva está añadida y se conoce muy bien la mayor Antigüedad.

[NOTA] El Licenciado rios en la Coronica de mano que esta en el Escurial y yo lei en poder de Joan lopez de Velasco s. de su Magestad que murio en Madrid. [NOTA DE OTRA MANO] es engaño porque Moya es nombre Hebreo Y significa lugar sin Agua y de ai se llam[...] Moy ffes?.- Embu?[...] Libro de las [...] conponese de Moy que es agua Y de Ya que significa sin como si dijeramos lugar sin agua = doy el visto? >3<

 

Reynó Athlante Año de la creación del mundo de 2325 <2r> y Reynó 12 años dexando por sus Hijos a Sícoro su hijo que le sucedió en el Reyno y dos hijas; la una se dezía Electa que casó con el rey Corito cuyos hijos fueron Jasso y Dárdano. La otra se dezía Ja que fue pobladora del Castillo de Moya y otros dizen se dezía Rome si no fuessen que las hijas fuessen tres pero de las dos no se sabe con quién cassasen ni qué sucessión dexassen.

[NOTA] Mariana Libro [ca]pitulo 10. Villa Diego de sucessione regum: in primo foro Juzgo. >4<

 

Y ansí aviendo nacido Christo Nuestro Señor Año de la creación del mundo de 5199 fue fundado el castillo de Moya que no huvo mas población que él antes que Christo naziesse 2859 años y a que se fundó 4403 Años.

[NOTA] Mexia en sus cesares vida de Cesar Augusto 4. >5<

 

Porque la fundación de 34 Lugares que tiene se echa de ver por sus nombres que los más dellos o todos son de Moros, como Valdemorillo Valdemoro Aliaga Lugar despoblado, el Aliaguilla, Talayuelas, Campalvo, Mançaneruela, y otros semejantes que se conoze bien ser nombres puestos por moriscos. >6<

 

Esta Villa está en los fines y mojones de el Reyno de Castilla y es frontera y defensa de los Reynos de Aragón y de Valencia muy importante y fuerte en tiempos que estos Reynos tenían diferentes Reyes y no estavan unidos como oy lo están; está en un cerro muy alto y con dos cercas y su Castillo muy fuerte; es cabeça de todo el Marquesado que tiene 34 Lugares muy buenos y de grandes términos; es abundante de ganados para los quales ay grandes dehessas y pastos y de miel y cera, cógesse trigo en ella bastante para las poblaciones y para vender.

[NOTA] Año 1288 Reynando en Castilla el Rey Don Sancho el bravo y en aragon Don Alonso 3 entre Castellanos y Aragoneses huvo una Batalla junto a Pajaron Lugar del Marquesado de Moya en que murio Ruy Gomez de Sotomayor General de la gente de Castilla y ricohombre en ella siendo General de los Aragoneses. >7<

 

Tiene de circuyto alrededor cinquenta leguas y confina con la Ciudad de Alvarrecín en el Reyno de Aragón con las Villas de Ademuz y la Yessa, Chielva, Sinarcas, Alpuente Castiel del Reyno de Valencia. Y con el Reyno de Castilla confina con la Ciudad de Cuenca, con las Villas de Requena, Mira Víllora, Cañete, con las quales tiene germandad, Y con la Ciudad de Teruel en el Reyno de Aragón nueve leguas de ella; su fecha de ella a 2 de Junio era de <2v> 1301 años; y con la Villa del Cuerbo que es del mismo Reyno de Aragon por hermandad otorgada a 4 de Abril de 1334. >8<

 

Este Castillo de Moya se perdió y apoderáronse dél los moros con la pérdida general de España causada por el Rey Don Rodrigo cuyos vicios fueron tantos y causa de su pérdida y la del Reyno; aviendo empeçado a Reynar Año de 710 el siguiente de 711 el Conde Don Julián metió los moros en España y la última batalla en que se halló el Rey murió; fue Domingo 9 de Septiembre año 714 aviendo durado el reyno de los Godos en España 298 años desde Ataúlpho que entró en ella y siendo la causa de su perdición la luxuria desenfrenada del Rey.

[NOTA] Coronica General. Villa Diego in vita Rodorici Regis. Mariana libro 6 de la Historia General Capitulo 21 et 22 et 23. >9<

 

Poca memoria ay deste Castillo en tiempo de moros porque como estava tan en fin del Reyno y tenían delante de sí los moros de Cuenca Huete y Alarcón y toda la Mancha era forçoso conquistarlos y vencerlos para llegar al Castillo de Moya que tantas difficultades y guerras avía de aver para llegar a él. >10<

 

En la Hera de 1214 que fue año de 1176 consta por Historias Auténticas que los moros de Moya juntos con los de Cuenca y Alarcón entraron por la tierra de Uclés que ya era de la horden de Santiago y la robaron y talaron aun que no pudieron ganar el Castillo de Uclés ni el de Alarilla, que eran los principales de aquella tierra por que los Cavalleros de Santiago resistieron varonilmente.

[NOTA] Rades en la Coronica de las Ordenes en la Coronica de Santiago. Vida de Don Pedro fernandez folio 15 y el mismo en Historia de Calatrava folio 25 en el Capitulo de la Vida del Maestre Ruy diaz dize que el dicho Señor rey Don Alonso poblo a Moya Era de 1245 [sic] que es año de 1210. Y lo mismo Affirma garibay en su compendio historial libro 12 capitulo 24 y 29. >11<

 

Incitado desto el Rey Don Alonso de Castilla que fue casado con Doña Leonor Hija del Rey de Inglaterra y tuvo por sus hijos a Don Enrique que le sucedió a Doña Verenguela Reyna de León y Doña Leonor Reyna de Aragón y Doña Urraca Reyna de Portugal y Doña Blanca Reyna de Francia madre de San Luis y Reynó desde el Año de 1159 hasta el Año 1214 que fueron 54 Años. >12<

 

<3r>

Y en el Año 1176 y décimo octavo de su Reynado con gran exército vino sobre la Ciudad de Cuenca la qual cercó y el largo cerco y mucha costa le obligó hazer Cortes y por consejo de Don Diego Señor de Vizcaya a ordenar que todos sus Vasallos le pagassen aunque fuessen Hijos de algo cinco maravedíes de oro a cuya defensa por la nobleza se opuso Don Pedro Conde de Lara con lo qual se salieron de las Cortes todos los Hijos de algo y se deshizo y no passó adelante este tributo; en reconocimiento de[llo] la nobleza hazía cada año un combite a el dicho Don Pedro Conde de Lara.

[NOTA] Zorita en sus Anales libro 2 Capitulo 34 folio 55. Mariana II de su historia General Capitulo 14. Rades ubi. >13<

 

El zerco de Cuenca se prosiguió y vino a entrarse y ganarse día de San Matheo año de 1177 por el gran esfuerço de Don Pedro Ruiz de Azagra Señor de Alvarracín que no reconocía por Señor ni al Rey de Castilla, ni al de Aragón; que vino después a ser desta Villa como se dirá adelante.

[NOTA] Zorita libro 2 de sus Anales. Capitulo 4. El rey Don Alonso el sabio era de 1290 dio sus poderes en bastante ?? a Don Gil garces de acagra para que poblasse esta tierra repartiesse los heredamientos della y los adehessase y pusiesse penas y assi el dicho año hizo unos repartimientos a diversas gentes y en ellos por gente noble a Ramir garcia de el espuro que le dio el Soto y este Cavallero era navarro y a los Ansones de ruescas Cavalleros Aragoneses como consta de un reconocimiento que haze Maria de anson hija unica de Don Sancho de Anson y nieta de Don Sancho de Anson ambos Cavalleros infançones vezinos de Zaragoza y reconoce por su deudo a Baltasar de ruescas vezino de Moya como consta por Acto publico otorgado en 10 de noviembre de 1502 y las conffirma [...] estas hereda[des] que dio Don Gil Garces de Açagra confirmo el Rey era de 1295 ante Gomez diaz de Cuellar su secretario.

 [NOTA] Mudose el Obispado de Valera a Cuenca y diosele voto en Cortes año 1177. Mariana libro 11 Capitulo 14 folio 12. >14<

 

Con averse ganado Cuenca esta tierra quedó sin moros o tan pocos que no eran ellos bastantes a defenderla; hiziéronse Treguas entre el Rey Don Alonso y el Miramamolín que por su propio nombre se dezía Mahomat Avenjacob. Y con ellas passaron algunos en paz (digo algunos años) siendo esta tierra del Miramamolín. >15<

 

Hasta la era de 1248 que fue el Año 1210 y quatro años antes de la muerte del Rey y 33 años después de ganada Cuenca el rey Don Alonso mandó poblar el Castillo de Moya y esta tierra sentida desto [sic]. El Miramamolín invió a requerir al Rey Don Alonso dessistiesse de poblar el Castillo de Moya y si no que diesse la tregua por rompida, el Rey que no desseava otra cosa para proseguir sus buenos intentos prosiguió en el Edificio y población desta Villa y en la conquista de Salvatierra y assí quedó ella ganada y Moya poblada a la qual ennoblezió con muchos Privilegios y le dio fuero particular y dél consta aver poblado el Castillo de Moya y aver otros muchos lugares que serían todos los que oy ay o pocos menos y lo que basta para entender esto diré del principio del fuero despues de aver hecho mención del desseo <3v> que tiene de ennoblezer y engrandezer a esta Villa que él ha mandado poblar por el Castillo que en la Villa avía dize assí:

 

Hac ergo consideratione Alphonsus Dei gratia de cus regum una cum uxore mea Aionor sereno abenigno bultumo yensibus populi et eorum sucessoribus concedo et ut impoters configi nonpossit sigilimey adque re gali munimine confirmo.

[NOTA] Rades en la Chronica de Calatrava en la vida de Don Ruiz diaz Capitulo de la conquista de salvatierra folio 25 B.

[NOTA] Rades ubi iam.

[NOTA] Moiensibus populus >16<

 

Essentada de muchas cosas manda que se haga en ella Palacio suyo y del Obispo; hízola Presidio de sus Reynos. Puso en ella gente de a pie y a cavallo a los quales librava él y sus sucessores el pan de sus tercias que los soldados distribuyan entre mano mayor menor y mediana y como cessó esto hízose también imbiarles librança para esta distribución y quedó en el vulgo que las tercias eran suyas posseyéndolos oy los Señores desta casa y el Rey antes de la concessión dellas porque con la unión de los Reynos cessó el ser necessario el Presidio en esta Villa. >17<

 

Tiene esta Villa seys Yglesias Parrochiales de la advocación de Santa María que es la mayor y Matriz de esta Villa y la Santíssima Trinidad donde es cura el Arcipreste que lo es de la dicha Villa y su marquesado con las Villas de Cañete y Valdemeca y Víllora. San Pedro y San Miguel San Bartholomé y San Joan. >18<

 

En cada una destas Yglesias ay Cura beneficiado y prestameros con bastantes rentas. >19<

 

Fundáronse estas Yglesias por los lugares antiguos deste Marquesado porque en ninguno dellos avía Yglesia ni Curas; los que lo eran de Moya lo eran de todo el Marquesado y lugares que avía; crezieron los lugares pusiéronse Vicarios a los quales quitados los cayces [que] quedaron para los curas propietarios de Moya les quedó el residuo y ansí le llevan oy y [es] costumbre assentada que qual quier vezino del Marquesado puede dar vezindad en qualquier Parrochia de Moya y el Cura della se lleve los diezmos como Cura <4r> propietario más antiguo aun que viva en el tal lugar que el cura dél tiene obligación a la administración de los sacramentos. >20<

 

Huvo un Ospital antiguo que estuvo arrimado a la Yglesia de San Joan con puerta a ella que oy se conoze y los cimientos del dicho edificio y éste se dezía de la Madalena. >21<

 

Y aunque consta que huvo Ospital de Santiago por un Previlegio del rey Don Alonso no he podido averiguar en qué parte estuviesse; el Privilegio dize assí

 

Don Alonso Por la gracia de Dios etc. Al Concejo de Moya de Villa y Aldeas Salud y gracia bien sabeis como el Maestre de Ucles se nos querello diziendo que le pagavades mal los almudes que dize le soliades dar en tiempo de el Rey D. Alonso nuestro visaguelo y del Rey D. Fernando nuestro Padre y en el nuestro fasta aqui a el ospital que a la orden de Ucles en Moya para sacar cautivos y sobre esto los del pueblo de las Aldeas de vuestra Villa nos inbiaron a dezir que pues no sacavan Cautivos que teniades que non aviades vos ni ellos por que se los dar y que nos pedian por merced que nos quissiessemos que se los diesse y nos tuvimoslo por bien que non se los diessedes hasta que nos supiessemos del fecho y mandassemos lo que tuviessemos por bien = Agora vino a nos el Maestre y mostronos Privilegios y una Carta plomada del Rey D. Fernando nuestro Padre en que mando que los diessedes assi como los davades en tiempo de su aguelo e nos tenemoslo por bien que pues tal recaudo tiene quede destos Almudes al ospital sobredicho para sacar Cautivos y para limosna y para aquello que ellos entendieren sea mas a servicio de Dios como el Rey Don Fernando mando y como se lo dixistes fasta aqui y no fagades ende al si no pesarnos ha y non vos lo consentiremos Dada en Cordova el Rey lo mando Viernes dos de Julio era 1298 yo Joan mar la fize escrivir. >22<

 

<4v>

Ay Un ospital que dizen de la Madre de Dios con más de trecientos ducados de renta y una Cofradía muy honrrada de Clérigos y legos con Bullas de los Sumos Pontífices de muchas concessiones Gracias e Indulgencias el qual fundo Don Gonzalo y Don Joan Zapata hermanos Arcidiano de Plasencia. >23<

 

Tiene la dicha Villa un Monesterio de Frayles Franciscos fuera de la Villa. >24<

 

Ansimismo un Monesterio de monjas urbanas de San Francisco que se va edificando y tiene dos mil ducados de renta que es una fábrica muy grande y sumptuosa y fundación de Nuestra Señora digo de mi Señora Doña Luysa de Cabrera tercera Marquesa de Moya. >25<

 

Es Lugar cercado con dos murallas y su fortaleza y en los lugares de Carboneras tiene un Monesterio de Dominicos casa de estudio Y gran religión y entierro de los Marqueses, de Moya y Junto a el lugar de Garavalla otro de frayles Trinitarios de nuestra Señora de Texeda Patrona y abogada desta Villa y Marquesado por cuyos medios y méritos haze y ha hecho Dios grandíssimos milagros de que ha hecho un libro el Padre fray Joan Ponce Predicador Hijo de la misma casa la qual es frequentada con gran concurso de gente que la visitan y favorecen con sus limosnas y todos la inbocamos en nuestras afliciones y trabaxos y en las Indias ha echo esta Señora grandes milagros y desde allá le am [sic] embiado sus devotos dones para el servicio de su santa casa. >26<

 

En quanto a los Señores que lo an sido desta Villa que aunque ay opiniones que fue de Don Pedro Ruiz de Azagra primer Señor de Albarrecín que se halló en el zerco de Cuenca a mí me pone duda porque aviéndose poblado el Castillo de Moya Año de 1210 en la Era de 1228 que era Año de 1190 era muerto ya Don Pedro Ruiz de Azagra y por no dexar hijos avía sucedido Don Fernando Rodríguez de Azagra su hermano a quien adoptó y dexó en el Señorío de Alvarrecín Y de la Villa de Guélamo que es en Castilla.

[NOTA] Zorita libro 2 de sus Anales Capitulo 28. Mariana libro II Capitulo 12 folio 705. Rades en la Coronica de santiago Vida Maestre Don Sancho Fernandez folio 19 columna 3. >27<

 

<5r>

Fue Don Pedro Ruiz de Azagra hijo de Don Rodrigo de Azagra Cavallero navarro que tuvo en feudo la Ciudad de Estela el qual tuvo tanta amistad con el Rey moro Cobo que le dio el sitio de la Ciudad de Albarrecín la qual él edificó y esto fue por los años de 1168 y 69 y 70 porque el de 1171 a instancia deste Cavallero Jacinto Cardenal Legado Apostólico y por su orden Cirubruno Arçobispo de Toledo hizieron Yglesia Cathedral la de Albarrecín y pusieron en ella por primero Obispo a un Don Martín dándole la Villa de Guélamo que es en Castilla y era de Don Pedro Ruiz de Azagra al Obispo de Alvarrecín como lo es oy y estando ella y el demás Obispado en Aragón; y este Cavallero no reconocía vasallage a ningún Rey y intitulábase Vasallo de Santa María señor de Albarracín y Guélamo y como digo no tuvo hijos y adotó a Fernán Rodríguez de Azagra su hermano a quien sucedió Don Pedro Fernández de Azagra su hijo y luego Don Albaro de Azagra su nieto y por no tener hijos Don Albaro sucedió en el Señorío Doña Theresa de Azagra su hija que casó con Don Joan Núñez de Lara. >28<

 

Y Ansí si alguno destos Cavalleros fue Señor desta Villa fue Don Pedro Ruiz Azagra el 2 deste nombre porque en el libro de el bezerro se haze mención que él como señor desta tierra truxo a ella unos hidalgos que se dezían Ramírez de el Spuro nabarros gente noble y antigua y de quien ha quedado descendencia en esta tierra. >29<

 

Si no fuesse que viniessen con Don Joan Núñez de Lara que casó con Doña Theresa de Azagra y vino a ser Señor desta Villa y la de Cañete como se verá.

[NOTA] Mariana libro 14 Capitulo 3 ad finem. Rades Historia de las hordenes en la de Santiago Capitulo 30 en la vida del Maestre Don Diego muñoz. >30<

 

Don Joan Núñez de Lara [fue] persona de gran reputación Linage y riquezas porque sin los estados de Alvarrecín y Guélamo que posseya por su muger era Señor de Lara, Lerma Dueñas Tordehumo Fuente Empudia Amaya, tuvo otro hijo de su nombre que casó con Doña María Díaz de Haro con quien heredó los Señoríos de Híscar y Torregalindo, y éste murió sin hijos como se verá. >31<

 

<5v>

Este último Don Joan Núñez de Lara procuravan los Reyes de Castilla y Aragón tener a su devoción y por el Año de 1290 el Rey Don Sancho el Brabo procurava agasajarle y hazerle mal y a él le nació sospecha en ella y se ausentó del Reyno y fue a Alvarrecín; el Año siguiente de 1291 salió con gran Cavalgada y corrió la tierra hasta Cuenca y llevó gran pressa de Cautivos y ganados y ocupó esta villa y tierra y la de Cañete y quedóse con ellas como se dirá. >32<

 

Por Reduzir Al Reyno a su servicio a Don Joan Núñez de Lara trató de casar su hijo que murió sin sucessión en vida del padre con Doña Ysabel hija del Señor de Molina hermano de la Reyna Doña María muger del Rey Don Sancho y dexáronle las dichas Villas de Moya y su tierra y de Cañete y ansí las empeçó a posseher desde el año 1291.

[NOTA] Mariana libro 14 Capitulo 14 folio 931 et autores iam citati. >33<

 

Aunque el año siguiente por averse buelto a Aragón pareze se la quitaron pero engañóse porque Don Joan Núñez posseyó esta Villa hasta la era 1356 que fue año 1318 y assí fue Señor 27 años.

[NOTA] Mariana ubi iam Capitulo 15 folio 10 936. >34<

 

Esto se prueva por un Privilegio o carta de la Reyna Doña María agüela y tutora del Rey Don Alonso 12 dada en Sevilla a 28 de Julio era de 1356 que es año 1318 que está en el Archivo que está en esta Villa en que dize que porque Don Joan Núñez de Lara es muerto sin hijos buelve e incorpora esta Villa y la de Cañete en la Corona Real y manda echen las personas [que] en nombre de Don Joan Núñez de Lara la an tenido y las tenga por el Rey. Y ansí que entrasse en el señorío desta villa y tierra Don Pedro Fernández de Azagra que fuesse como dizen las Historias usurpadas por Don Joan Núñez de Lara y confirmada con el casamiento lo que es cierto fue que el Señorío destos Señores acabó el año de 1318.

[NOTA] Choronica del Rey Don Enrique 2 año 4 Capitulo 9. >35<

 

Estuvo esta villa y tierra en la Corona Real hasta el año de 1370 poco más o menos que fueron 52 años que el Rey Don Enrique 2 le dio a Don Alvar García de Albornoz su Mayordomo mayor Cavallero muy principal natural de <6r> Cuenca de quien haze mención la Historia del Rey. >36<

 

Este tuvo por hijo suyo a Don Lucas de Albornoz y Don Lucas de Albornoz a Don Joan que casó con Doña Costança de Villena Señora de Alcozer y Villas del Infantazgo y tuvieron dos hijas A Doña María y Doña Beatriz. >37<

 

Esta Señora Doña Costança de Villena y sus hijas Doña María y Doña Beatriz hizieron cierta forma de venta a esta villa por seiscientos florines que valen 52.800 Reales de que otorgaron escriptura a 30 de octubre año de 1390 y ellos entregaron a la Corona de Castilla aviendo estado en el linage de Albornozes poco más de 20 Años. Y desde el año de 1390 hasta el Año de 1474 estuvieron en la Corona Real que fueron 84 Años.

[NOTA] Cada florin es 88 reales y los 600 florines son 52.800 reales. >38<

 

Porque el Año de 1473 en las diferencias que estos Reynos tenían sobre la sucessión dellos con la Princesa Doña Juana dicha la Beltranexa esta villa tomó la voz casi la primera de estos Reynos por la Reyna Doña Ysabel Ligítima sucessora en ellos y tomó la possesión Juan Fernández de Heredia con docientos de a cavallo y 300 de a pie y concedió ciertos Privilegios a esta villa en nombre de los Reyes de que otorgó escriptura pública que está en su archivo. Y ansimismo quitó la fortaleza de Narboneta a Alonso Pérez que la avía hurtado y luego hizieron marqueses los Reyes a Don Andrés de Cabrera y Doña Beatriz de Bobadilla Primeros Señores y Marqueses della fundadores de la Casa de Moya y Chincón [sic].

[NOTA] Zurita libro 18 en la Vida de el Rey Don Joan el 2. 52. >39<

 

Governóse esta villa por Alcaldes hordinarios y algunas Vezes con ellos Corregidor, y los Alcaldes que en ella a avido después que la pobló el Rey Don Alonso de que yo he hallado noticia son los siguientes.

 

 1> Pasqual Roman fexardo

 2> D. Godoy de el capell

 3> Gonçalo muñoz

 4> D. Adovas

 5> D. Domingo

 6> D. Miguel de ferpuela

 7> Gonçalo de Alcoron

 8> Sancho de segura

 9> Clemente de marta

10> Marcos de la plaça

11> Sancho perez

12> Juan perez moçuedo

13> Rodrigo gomez

14> Ruy gomez

15> Pedro ne<6v>gro

16> Roy Gomez

17> Gil faxardo

18> Sancho de segura

19> Pasqual de Ximena

20> Sebastian de haznar

21> D. Pascual de Ximena

22> Alonso perez del peruelo

23> Joan de marquesa

24> Blasco felmiro

25> Gonçalo Ruyz

26> Mañas de la plaça

27> D. Domingo Almirado

28> Rodrigo Ximenez el gordo

29> Pedro Ximenez el gordo

30> D. Adobas

31> Rodrigo Rodriguez

32> D. Adobas

33> Miguel Estevan

34> D. Blasco nieto

35> Clemente El Rubio

36> Goncalo peynipez

37> Rodrigo aperada. >40<

 

Otros muchos huvo hasta que fue de Señorío de Don Joan de Albornoz lo fueron = Gil martinez de viana = Pas[cual] sanchez de Sancho yzquierdo: y Alcalde mayor por los Señores era Gomez fernandez de mata; intitulávase Alcalde mayor y procurador en esta villa de Moya y su Marquesado por Don Joan de Albornoz y por su madre Doña Costança de Villena. >41<

 

En tiempo del Marqués Don Andrés fueron Alcaldes = Lope de Alarcon = y Francisco de Requena = Y los últimos en tiempo del Marqués Don Diego el año de 1532 fueron Garcia vizcarra y Lopez ferriz. >42<

 

Ha avido siempre Corregidores y en tiempo de los Reyes lo fue el Doctor Pedro gonçalez del Castillo que salió de aquí por Alcalde de Corte y fue del Consejo Real y porque esta villa no le pagava su salario los emplaçó ante el Rey y fueron por esta villa a defendella Rodrigo roiz de Castelblanque y Garci zapata y en la Corte y entre ellos y el Doctor Pedro gonçalez lo comprometieron en los onrrudos Cavalleros Mosén Alfonso de morales y Joan de Villodre los quales condenaron a esta Villa y mandaron dar a el Alcalde 200 florines de oro. Dióse la Sentencia en Toledo a 6 de Abril Año de 1422. El primero Corregidor que pusieron los primeros Marqueses fue Rodrigo de Peñalosa Regidor de Segobia. >43<

 

El Marqués Don Joan a el Licenciado Paradinas = El Marques Don Diego, A francisco Carrillo de guzman = A el Doctor Cano que se fue A el Doctor Villan[uev]a = A Diego Pacheco = A Rodrigo de Anaya A Joan perez de Cabrera = Y Alonso de Arevalo de Avila. >44<

 

El Mar >45<

 

 

              ***********************************

 

 

 

 

 

Notas a los párrafos

 

 

>1< Los Cavallón procedían de Castillo de Garcimuñoz, como los Cabrera. La familia Carrera era de Cañete. Sus genealogías, con la de Baltasar Cavallón, se pueden ver en la Colección Salazar y Castro, 9/304, ff. 239-240 (Real Academia de la Historia). Baltasar Cavallón, doctor en ambos derechos, fue servidor del quinto marqués de Moya, Francisco Pacheco (o Pérez) de Cabrera; éste, que concurrió a la academia matemática del Escorial, le franquearía el acceso a la biblioteca del cosmógrafo real Juan López de Velasco (ver nota 3); la propia del marqués fue legendaria y entre sus restos se cuentan varios tratados sobre fortificaciones que manejaría el alcaide. En 1628 era alcaide Diego de Illescas Morejón según el inédito de Gerardo González García "Noticias de Moya" (1889, Archivo Diocesano de Cuenca; p. 108) que será publicado en breve; la ejecutoria de limpieza de sangre de Cavallón se guarda en la Real Academia de la Historia (Col. Salazar y Castro, 9/1558: Moya, 1622. Abril, 20).

 

Luisa Bernarda de Cabrera sucedió a su padre en el marquesado y murió en 1638 sin hijos, por lo que el título pasó a su esposo y pariente, marqués de Villena y señor de Alarcón, el Don Diego mencionado en el párrafo.

 

>2< Las ordenanzas municipales de Moya, aprobadas en 1597, se copian por Gerardo González (o. c., pp. 241-251). Cavallón fue corregidor de Moya en 1624 (id., p. 84), y tal vez lo era en marzo de 1625 si el mandato se atenía a las viejas costumbres del justiciazgo. Por eso "la obligacion natural que en esto devo" acerca de su glosa de las ordenanzas.

 

>3< Del licenciado Pedro de los Ríos cita Juan Baños de Velasco dos pasajes de una "Genealogía de los Albornozes" escrita "en tiempo de los señores Reyes Catholicos"; para Ríos los Albornoz proceden de una Teresa Alvarez de Asturias, heredera de Albornoz casada en primeras nupcias con un Gómez García de Aza, la cual, habiendo enviudado, suplicó amparo al infante Juan Manuel, hijo de San Fernando (la historia no parece el fuerte de Ríos), y fue casada en segundas con cierto Alvaro de Moya, "que tenía la tenencia o governación de la dicha Villa" y era descendiente del "cavallero de los Marins" que había escalado y tomado Moya. Según Baños el licenciado Ríos fue inquisidor de Cuenca y Cartagena (Memorial de la calidad y servicios de don Cecilio Francisco Buenaventura Centurión, Madrid 1679, ff. 57v-58v). En efecto, Pedro de los Ríos fue inquisidor en el distrito único de Cuenca y Murcia en 1514-19, según V. Sánchez Gil (en Archivo Ibero-Americano, 40. Madrid, enero-marzo 1980, p. 10), para quien es un Gutiérrez de los Ríos, de la conocida familia cordobesa. La "coronica" de la que habla Cavallón no consta en el inventario de manuscritos del Escorial hecho por el conquense Zarco Cuevas; provisionalmente restituimos su título como "Corónica de las fundaciones de la Ciudad y Obispado de Cuenca"; al cosmógrafo Juan López de Velasco, que tuvo el manuscrito de Ríos en su casa, el P. Miguélez lo considera coautor del interrogatorio de las Relaciones Topográficas de Felipe II.

 

La fantasía anticuaria del inquisidor sobre la fortaleza de Moya se hace observando los vestigios del antiguo alcázar, documentado en 1215 y muy reformado y ampliado por Andrés de Cabrera. Entre 1514 y 1519 hubo en la tierra de Moya causas inquisitoriales en Cardenete (cinco), Garaballa y Villar del Humo.

 

Ja o Ya debe de ser Hya (`Yα, que con espíritu áspero obviado da una grafía Ya), madre de las Hyades que en ocasiones son hijas de Atlante o Atlas. Atubal es el bíblico Túbal. Pinel debió de manejar la carta de Cavallón para su cita de Ríos, a quien llama "licenciado Rioja".

 

>4< El conjunto de relaciones familiares entre Jasio ("Jasso"), Dárdano, Corito y Electra ("Electa") como hija de Atlante procede de la Eneida (3, 163-171; 8, 134-137; v. Korythos 3, en Der Kleine Pauly, Munich 1979, t. III 312). Virgilio coloca a estos personajes en un occidente, Hesperia, que fácilmente se reduce a España. Sicoro (epónimo del Segre) como habitante de España aparece en Pedro de Medina (y Diego Pérez de Mesa: Primera y segunda parte de las grandezas y cosas notables de España, Alcalá 1595, f. 28).

 

>5< La cuenta es errónea si se hace desde 1625, ya que 2859 a.C. (año de la fundación de Moya) más 1625 da 4484 y no 4403; lo más probable es que Cavallón copiase la suma de Ríos, cuyo texto quedaría así fechado 81 años antes, en 1544 (= 4403 - 2859). Ya funda Moya el 2340 de la Creación, a tres años de la muerte de Atlante.

 

>7< La congruencia de la nota al margen está en que señala guerras fronterizas de antaño en tierra de Moya.

 

>11< Rades no dice que los moros de Moya atacasen Uclés, sino que los moros, que entonces poseían las villas de Moya, Alarcón y Cuenca, atacaron Uclés. Sencillamente constata que la mayoría de los posteriores grandes distritos de Cuenca eran tierra musulmana en 1176.

 

>14< Primera alusión de Cavallón a la creencia de que Pedro Ruiz de Azagra fue el conquistador de Moya. La apoya (en nota) con un documento por el que Alfonso X nombra en 1252 a Gil Garcés de Azagra repartidor en una nueva repoblación de la tierra moyana, necesaria tal vez por causa de la despoblación de las tierras del obispado de Cuenca en beneficio de las zonas meridionales recientemente conquistadas, hecho que lamentó el obispo Pedro Lorenzo poco más tarde. El apellido Moya se extendió mucho por Andalucía. Gil Garcés, señor de Mora (hoy Mora de Rubielos), era hijo de otro Gil Garcés que en 1221 recibió del arzobispo de Toledo los castillos de Santa Cruz, Serrella y Mira, limítrofes con la tierra de Moya. Garcés II, mayordomo de Alfonso X en 1272, era señor de Mira en 1252, según consta en una hermandad hecha por el concejo de Mira "con vos el concejo de teruel como la avemos con moya"; Santa Cruz acabó perteneciendo a la tierra de Moya. Garcés, noble de la máxima confianza de Alfonso X, pudo ser señor en Moya durante el repartimiento, aunque en cierto modo un repartidor tenía más poder de hecho que un señor de realengo.

 

El Soto entregado a Spuro es probablemente una finca regada por el río Ojos de Moya en término de Landete. Documentos de los Ramírez del Spuro (Elespuru o Elexpuru) se conservan en un bello libro de ejecutorias de esa familia; es propiedad del museo Néstor de Las Palmas de Gran Canaria. No hemos podido consultarlo, a pesar de las facilidades recibidas del museo. El pintor Néstor lo adquirió hace años en un anticuario de Madrid.

 

Gómez Domínguez (no Díaz) de Cuéllar opera en la cancillería de Alfonso X en 1257; los documentos mencionados de 1252 y 1257 no aparecen en la minuciosa reseña de A. López Gutiérrez (La cancillería de Alfonso X, Oviedo 1990, microforma).

 

>16< " ...sentida de esto. El Miramamolin... " debía decir "sentido de esto, el Miramamolin" (Rades).

 

"...le dio fuero particular y del consta aver poblado el Castillo de Moya y aver otros muchos lugares que serian todos los que oy ay o pocos menos...": podría referirse, ya que parece no reconocer los parajes, a una carta puebla que señalase términos no concordes con los que conocía Cavallón; pero seguramente alude al inicio del fuero, que menciona genéricamente ríos, pastos, montes, etc. El fuero de Cuenca copiado por Moya no tenía carta puebla, y sus mojones sólo se mencionan sumaria y circunstancialmente en el capítulo de cabalgadas: Víllora, Iniesta, Tébar y Rus por el sur, y el Tajo por el norte (Rafael de Ureña: Fuero de Cuenca, Madrid 1935, pp. 682-683). Excepcionalmente para los fueros de tipo conquense, el de Alarcón añade a esos límites los propios de Alarcón.

 

"...diré del principio del fuero despues de aver hecho mencion del desseo que tiene de ennoblezer y engrandezer a esta Villa que el ha mandado poblar por el Castillo que en Ella avia...": nada de esto se dice en el fuero de Cuenca; en su principio (Ureña, op. cit, p. 118), no en el prólogo que después cita, se habla de pobladores, de murallas y torres y de igualación entre nobles y villanos ante la ley; el corrupto párrafo latino que luego transcribe es algo distinto del que aparece en el prólogo conquense (Ureña, p. 113). Más tarde Pinel (Buen Vassallo, p. 208) debió de copiarlo de Cavallón; Pinel rectifica en parte el mal latín de Cavallón, y añade: "Guárdase este privilegio en el Archivo de la Villa, tan gastado del tiempo, que apenas se pudo leer esta cláusula, y la data dél está del todo consumida...". Pero es improbable que el "privilegio" no formase parte del prólogo del fuero, como viene a indicar Cavallón, y que Pinel no hiciese aquí a costa de Cavallón lo que hizo después Vermejo a costa de Pinel: afectar cierta familiaridad con el texto. Vermejo, en efecto, copia el pasaje de Pinel con adornos como la barroca y sospechosa clasificación del documento en el archivo de la villa.

 

No creemos que el "decus regum" concedido a Moya sea el privilegio de los "dechi", impuesto medieval europeo por la guarda de fronteras, sino más bien el fruto de una mala lectura de Cavallón o del copista antiguo. En todo caso la transcripción es rara, porque obvia costumbres cancillerescas como la de mencionar a la esposa y a los hijos de un Alfonso que aquí, "dei gratia", no es "rex". El fuero de Alcázar actualiza el párrafo con Sancho IV, María de Molina y el futuro Fernando IV; en cambio el de Alarcón lo copia, salvo "Alarconis" por "conchensibus". Desde "sereno..." el texto moyano es idéntico al del fuero de Cuenca, salvados los graves errores de transcripción, la adaptación de "moyensibus" por "conchensibus" y el incoherente "sigili mey" sin ablativo por "sigilli nostri patrocinio".

 

>17< "Essentada... ": Ureña, p. 118. Cavallón sigue ante el texto del fuero de Cuenca copiado por Moya. Luego entra en polémica de gusto añejo con los moyanos lectores del fuero que discuten el pago de las tercias reales. El fuero de Cuenca exime de tributo a todo vecino dueño de un caballo tasable en 50 mencales.

 

>20< Este privilegio de las parroquias de la villa de Moya debió de dictarse para adensar las rentas eclesiásticas en la cabeza del arcedianato, más que para el fin que señala Cavallón. Gerardo González trancribe en "Noticias de Moya" las complicadas instrucciones para la recaudación eclesiástica en 1698, cuando seguía en vigor el privilegio (pp. 226-237).

 

>21< Otra novedad de esta carta es la tradición acerca de un hospital de la Magdalena junto a San Juan, la parroquia más joven de las seis de Moya.

 

>22< Lo publica Paulino Iradiel: "Bases económicas del Hospital de Santiago en Cuenca", Anuario de Estudios Medievales, 11, Barcelona 1981, pp. 181-246; doc. 30 (1260, julio, 22 -y no 2-. Córdoba). La copia de Cavallón abunda en errores que hemos respetado para dar idea de su trato con las fuentes escritas medievales. Nótese la causa de la negativa a contribuir al hospital: la negligencia de los santiaguistas en rescatar moyanos cautivos en tierra de moros.

 

>23< Estatutos y bulas papales de esta cofradía, y hospital de indigentes, en G. González, pp. 131-150; fueron creados en 1512 por bula de Julio II de 4-VII-1507. Según González, Gonzalo Zapata era deán de Palencia y no de Plasencia. La Trinidad es la primera iglesia de Moya en antigüedad tras la matriz de Santa María (González, p. 271); su primera noticia directa es de 1235, una compraventa de la orden de Santiago hecha "en la collation de Sancta Trinidat, dia domingo, exida de missa", pero en 1222 había ya cinco colaciones; iglesia arciprestal, se fundaría al crearse el arcedianato de Moya. Antes de 1512 la parroquia se había trasladado de las proximidades del alcázar a las de la plaza mayor (id., pp. 82, 133).

 

>24< El bachiller Francisco Cavallón contribuyó a fundar este convento a mediados del siglo XVI, aunque restos puramente ojivales en las dependencias del claustro no serían posteriores a una fecha de mediados del XV.

 

>26< Entre los obsequios americanos a la Virgen estaba el ardacho (lagarto) de Tejeda, un caimán disecado que se mostraba como exvoto en el templo de Garaballa.

 

>28< El rey "Cobo" es Ibn Mardanis, el rey Lobo o Lope. Cirubruno, Cerebruno de Toledo.

 

>29< No hay un segundo Pedro Ruiz de Azagra (se confunde con Pedro Fernández); Cavallón depende aquí de la documentación de los Ramírez del Spuro, vecinos de Moya todavía a finales del siglo XVI; el "libro de el bezerro" debe de ser el Becerro de la Nobleza, que en su tomo XIX incluye un nobiliario de Jerónimo de Villa, rey de armas de Felipe III, con mención de los Elespuru en el f. 374v pero sin alusión a ningún Azagra. La lectura del voluminoso manuscrito moyano de los Spuro en el Museo Néstor podría aclarar estos extremos. Salvo error, los Spuro o Ramírez del Spuro no aparecen en los diplomas de los Azagra de Albarracín publicados por M. Almagro (Historia de Albarracín y su sierra, III, Teruel 1959) y A. Mur (La encomienda de San Marcos, Teruel 1988). Aspuru, en Alava, está junto a Guevara, donde fue señor Juan Velaz, suegro de Fernando Ruiz y abuelo de Pedro Fernández de Azagra.

 

Señores conocidos del realengo moyano: Juan González, quizás el que concurrió a Las Navas (¿un Lara de Molina?), en 1222; desaparece de los diplomas reales a principios de 1223, cuando se abre la crisis con Molina; tal vez Alfonso Téllez en 1225 (cuando acaudilló a los concejos conquenses y pobló Aliaguilla; muere en 1230); su hijo Tello Alfonso en 1234-35; Alfonso de Molina en 1242 y Pedro Guzmán, adelantado de Castilla, en 1265. Antonio Suárez de Alarcón (Relaciones genealógicas de la Casa de los Marqueses de Trocifal, Madrid 1656, escritura C) menciona para 1240 a Velasco Fernández, que fue teniente por mano de un señor desconocido (tal vez Alfonso de Molina: Tello Alfonso muere joven en 1238). Estos señores suelen serlo a un tiempo de Cuenca, Alarcón y Moya; son, por supuesto, legados regios no vitalicios.

 

>30< Según Mariana, Juan Núñez I reclamó el señorío de Moya y Cañete a título de esposo de Teresa Alvarez de Azagra (?). Cañete tal vez fue tomada por Pedro Ruiz de Azagra en la campaña de 1177, y sus iglesias pertenecieron al obispado de Albarracín hasta 1190. En cuanto a Moya, quizás se basaba Núñez en derechos sobre tierras pertenecientes a Gil Garcés de Azagra II, pariente de Teresa muerto sin descendientes legítimos hacia 1273.

 

>34< El que "engañóse" es Mariana. Pinel parece seguir a Cavallón en este pasaje. Moya debió de ser devuelta a Juan Núñez de Lara II a la muerte de Sancho IV.

 

>35< Esta carta la conocería Pinel por Cavallón, porque para Pinel "en tiempos se guardaba en el archivo de Moya y hoy no existe". Pinel la fecha en Valladolid, y de Valladolid y 1318 era una confirmación de Alfonso XI de no enajenar Moya de la corona real (Real Academia de la Historia, Col. Abella, t. XXIX, f. 70r, legajo I, 47). Cavallón, a diferencia de Pinel, omite las evidencias de promesas regias de no enajenar Moya; el archivo de Moya las conservaba de Fernando IV y Alfonso XI; Enrique II las incumplió; más tarde Enrique IV trató de hacerlo, primero como príncipe de Asturias y luego como rey. Creyendo esquivar esa amenaza, los moyanos entregaron la villa a Isabel de Trastámara bajo sagrado juramento de no enajenarla, pero Isabel incumplió casi al instante; en su testamento, para aliviar su conciencia, dedicó un largo capítulo a proveer la posible devolución de Moya a realengo compensando con otro señorío a los marqueses de Moya.

 

>37< No hubo tal Lucas de Albornoz. Juan de Albornoz era hijo de Micer Gómez, el hijo de Alvar García de Albornoz. Sí hubo un Luis Hurtado de Albornoz, posible aspirante en tiempos de Enrique III a recobrar el señorío de Moya que Constanza de Villena había vendido a los moyanos. Luis era sobrino de María de Albornoz, muerta sin hijos, quien hubiera sido señora de Moya de no mediar la venta. Por un privilegio citado en el índice del archivo de Moya (col. Abella, t. XXIX, f. 69r, I 32) el rey Enrique "hace merced de esta villa y su tierra a d. Luis de Albornoz su mayordomo mayor dado en Segovia año de 1300". ¿Se trata del mayordomo Alvar García en pésima lectura?

 

>40< Hay otras listas de jueces en fueros de tipo conquense: las de Cuenca y Baeza, que incluyen efemérides. La primera, inserta en la "forma sistemática" latina, fue publicada por Ureña (pp. 852-855). La de Baeza (en un manuscrito romance de los siglos XVII o XVIII, BN ms. 6705, ff. 366v-367v) permite fechar la concesión del fuero, ya que copia los jueces de Cuenca desde la conquista de Baeza hasta 1234 en que arranca la lista propiamente baezana, siete años después de la conquista. En general, tanto estas listas como los amojonamientos de los fueros o las menciones pecuniarias han sido poco usados en el debate sobre la datación y origen de los fueros de Cuenca y Teruel.

 

Mateo López describe el fuero de Moya y menciona la lista o catálogo: "El mismo fuero de Cuenca concedió dicho rey don Alonso a la villa de Moya, y se conserva en su archivo, legajo 5, un códice latino de letra antigua, muy hermosa, escrito en pergamino; principia por los cuatro Evangelios; incluye el catálogo de los primeros jueces de Moya; la avenencia entre el Consejo [sic] y la Aljama de Cuenca; la reforma del fuero por el rey don Sancho, y carta del mismo rey, escrita en Sevilla a 8 de junio, era de 1330, concediéndoles la Mayordomía y las mejoras del fuero, y concluye con el arancel de los derechos de entrada. También se conserva en dicho legajo otro códice castellano, escrito en papel al que le falta el principio; se conoce que estos códices están copiados por el de Cuenca, porque el copiante conservó la voz de Cuenca en varias partes de la escritura, que algunas se hallan enmendadas en Moya.". (Memorias históricas de Cuenca y  su obispado I, ed. A. González Palencia, Madrid 1949, p. 61).

 

El año de mandato judicial en Moya era el de Cuenca: de octubre a octubre; por eso "Domingo Pasqual, fiio de Pasqual de Xemena" es juez en diciembre de 1234 y marzo de 1235 en sendos documentos publicados por Paulino Iradiel (a. c., docs. 19 y 20). Iradiel publicó también los restantes textos para la judicatura moyana: doc. 13 (1222, julio, 3. Moya. Domingo Adoves), doc. 26 (1242, julio, 8. Gonçalo Ramires) y doc. 27 (1246, septiembre. Iohan Perez). Todos ellos se conservan en el armario de Uclés del Archivo Histórico Nacional. Una compraventa publicada por Suárez de Alarcón (o. c., escritura CXIV) muestra en 1265 a un juez Don Remiro, pero nuestra lista parece detenerse antes. Los escatocolos de otros dos documentos de Iradiel (nº 38 y 39) pertenecen a los comienzos del siglo XV.

 

Algunas observaciones a la lista: varios de estos personajes aparecen como alcaldes, testigos etc., en los cinco documentos de Iradiel; la abreviatura D. será más de Domingo (muy común en el catálogo de Cuenca y en los documentos moyanos) que de Diego o de Don; Fexardo es Faxardo; Ferpuela es Ferruela o Ferreruela; Alcoron puede ser Alcotón; Moçuedo y Peruelo, tal vez Pozuelo; Mañas de la Plaça, lo mismo que Marcos de la plaça; Goncalo Peynipez es Reimírez o Remírez: Gonçalo Ramires, juez en 1241-42 (Iradiel, doc. 26). Puede ser un Ramírez del Spuro, y el Gonçalo Ruyz del número 25. Las repeticiones de nombres no necesariamente lo son de personas debido a la costumbre aragonesa de llamar por igual a padre e hijo.

 

La presencia de D. Godoy de el Capell, nombre gallego, refresca la leyenda del gallego Marín o Mariño, conquistador del castillo de Moya y antepasado de los Albornoz; de todos modos D. Alvaro, abuelo de García Alvarez según la lápida de la catedral de Cuenca, debe de ser el don Alvaro juez de Cuenca en 1241-42. Un gallego Capello, Fernán Páez (Peláez, Pelagio, es decir, Marino), muerto en la batalla de las Navas, tuvo descendientes que emparentaron con los Mariño y los Villamarín según el conde Pedro de Barcelos (Portugaliae Monumenta Historica, I, Nendeln 1967 = Lisboa 1856, p. 388).

 

El cuarto personaje de la lista, D. Adovas, sería Domingo Adoves, juez en 1221-22; así, el catálogo comenzaría en 1218-19. Establecido ese referente, la lista plantea el problema de que el orden relativo de los jueces conocidos por documentos no encaja exactamente con las fechas asignables a sus mandatos; esto sería debido a repeticiones en el caso de 13 (Rodrigo Gomez) y de 14 y 16 (Ruy y Roy Gomez), y tal vez en 4 y 5 (D. Adovas y D. Domingo). Es posible que los bocadillos 14-16, 30-32 y quizás 19-21 respondan a que jueces salientes vuelven a ocupar el cargo por falta del titular de ese año; el fuero de Cuenca dispone la elección rotatoria de juez entre los distintos barrios o parroquias, y en Moya había cinco; en principio un mismo nombre no podría repetirse en un plazo de cinco años, salvo si el juez fuera reelegido por aclamación (Ureña, p. 422) o por la razón antes mencionada o, tal vez, por cambiar de parroquia dentro de la población, o si fuese elegido como suplente por un juez absentista (id., pp. 437-438). Así tras 13, Rodrigo Gómez, 14, 15 y 16 habrían juzgado en el mismo año de 1231-32: el propio Rodrigo o Roy Gómez habría suplido a Pedro Negro; de ese modo 19, [¿D.?] Pascual de Jimena, habría juzgado en 1234-35, año de Domingo Pascual de Jimena, y luego habría suplido a Sebastián de Haznar. Gonzalo Ruiz sería Gonzalo Ramírez, con error en la lista de dos años (Ramírez fue juez en 1241-42 y la judicatura de Ruiz correspondería a 1239-40 en nuestra hipótesis); ya vimos (nota al párrafo 14) que Cavallón resuelve en Díaz una abreviatura de Domínguez. El juez de Moya en 1245-46, Iohan Perez, no consta en la lista (hay un Juan Perez Moçuedo, nº 12) y su puesto parece ocupado por Pedro Jiménez el Gordo (nº 29), que debe de ser el Pedro Jiménez de Calanda por cuyo testamento (septiembre de 1246) conocemos a Iohan Perez como juez. En suma, estamos ante un documento problemático, aunque no tan deteriorado como cierta lista de Cuenca que trasladó Mateo López (o. c., p. 66) y que resume 54 judicaturas en 34. Sabido el orden de antigüedad de las primeras parroquias moyanas (Santa María, Trinidad, San Pedro, San Miguel, San Bartolomé), y suponiendo que servía para establecer el ritmo de las judicaturas, procedimos a identificar parroquianos a través de las listas de testigos de colación (en docs. 13 y 20) y del orden de los alcaldes de barrio en los escatocolos, para confrontar esos datos con la secuencia de magistrados de Cavallón; pero en los documentos de 1234 y 1235 el orden de alcaldes experimenta una leve permuta; también se observa movilidad entre barrios (un vecino cambia de parroquia entre 1235 y 1246; en 1246 otro tiene comprometido su entierro en una parroquia que en 1222 no es la suya). Baste decir que Blasco Felmiro (nº 24) era parroquiano de San Bartolomé en 1234 y 1246; Domingo Pascual (¿de Jimena, el nº 21?), de Santa María en 1222; Pedro Jiménez de Calanda (¿el Gordo del nº 29?; pero hay un sayón Pedro Gordo), de la Trinidad en 1222 y tal vez de San Miguel en 1246; Clemente de Marta (nº 9), seguramente de San Pedro en 1234.

 

Con las debidas reservas, y la impericia de Cavallón no es el menor óbice, la lista de jueces permitiría fechar el otorgamiento a Moya del fuero conquense a partir de la fecha conocida de Domingo Adoves. El primer juez de Moya (de gran distrito, no sólo de villa) a fuero de tipo Cuenca, Pascual Román Fajardo, habría sido elegido en octubre de 1218. Como marco histórico para este hecho puede observarse que a finales de 1217 el conde Alvaro de Lara tuvo que entregar las tenencias de Alarcón y Cañete a doña Berenguela, pero en julio de 1222 Cañete ya era aldea de Moya y se menciona el fuero de Moya; el crecimiento en importancia de Moya debió de aconsejar el otorgamiento de un fuero para lugares de gran alfoz en 1218, y no en los primeros momentos de la puebla; la mudanza del arcedianato de Cañete a Moya, que era un hecho en 1221, sería la versión eclesiástica de este cambio jurisdiccional. En 1218 Fernando III dio fuero a Ledigos y San Mancio, y confirmó los de Saelices de Cea y Zurita, éste último probablemente de tipo conquense (Juan Antonio Llorente: Noticias históricas de las tres provincias vascongadas, II (Madrid 1807), pp. 257, 238-39).

 

La última judicatura de la lista (¿1251-52?) puede ponerse en relación con la efemérides conquense del juez Alvar Pérez (1249-50), "quando ficieron hyunta todos los conceios de estremadura en sepulvega, fue acabado este libro"; ese libro es el códice del fuero latino de Cuenca en el que se copia la lista de jueces, interrumpida tras el añadido de tres nombres, los dos últimos por otra mano según Ureña (p. 855). El manuscrito del fuero latino de Moya conocido por Cavallón y López, en el que estaba incluida la lista moyana, dataría de entonces, copiado por la escribanía de Cuenca casi al tiempo que el ejemplar conquense e incluyendo a semejanza suya una lista de jueces que luego no sería puesta al día. De 1250 es una carta de Fernando III a Cuenca dando su apoyo a los fueros de amplia jurisdicción tras cierto paréntesis qu el rey justifica porque "era me mas ninno e non pare y tanto mientes" (Ureña, pp. 859-860). Por otro lado, la temprana animadversión de Alfonso X -que empieza a reinar en 1252- hacia los fueros particulares y los jueces de elección concejil, unida a la nueva repoblación de 1252, ofrece una escena en la que no desentonaría una suspensión temporal del justiciazgo por sufragio.

 

Para Pinel fue Alfonso X quien dio fuero a Moya el 24 de marzo de 1285, pero se confunde con las enmiendas del fuero otorgadas por Sancho IV en esa fecha a Cuenca, y a Moya (según López y Pinel) en 1292. El documento más reciente de los que según Mateo López contenía el libro del fuero latino de Moya sería la concordia del siglo XIV entre el concejo y la aljama de Cuenca.

 

La vecindad de Moya con Albarracín y Castielfabib, lugares con fuero de tipo turolense, ayudaría a la difusión del derecho conquense hacia Teruel, que durante largos años fue señorío o tenencia de Pedro Fernández de Azagra (Jaime Caruana: Los señores de Teruel en los siglos XII y XIII, en Teruel 17-18, Teruel 1957, pp. 88-90), señor de Albarracín y teniente de Castielfabib; Pedro Fernández otorgó a Albarracín un fuero turolense. Nombres y apellidos en la difusión del derecho de Cuenca y Teruel serían los de Pedro Fernández y Tello Alfonso de Meneses, quien simultaneó las tenencias de Cuenca y Moya con la capitanía de la frontera jienense por la que se extendió ampliamente el fuero de Cuenca; en 1234, año en que comienza la lista de jueces de Baeza, Tello Alfonso era señor de realengo en Cuenca, Alarcón y Moya.

 

>41< Constanza de Villena fue esposa y joven viuda de Juan de Albornoz, y Moya no era marquesado por entonces. Pascual Sánchez de Sancho Izquierdo aparece en los documentos 38 y 39 de Iradiel, de principios del siglo XV, cuando Moya había salido del dominio de los Albornoz.

 

>44< Este párrafo es especialmente confuso. Diego Pacheco y Juan Pérez de Cabrera son los marqueses D. Joan y D. Diego previamente citados, y ahora descabalgados del don. ¿Cometió este error el anciano y enfermo alcaide o dictó la carta a un escribano -toda la carta, porque el párrafo es de igual mano que el resto-? El licenciado Paradinas es Alonso González de Pardiñas (González, p. 268).

 

>45< El manuscrito se interrumpe tras esta llamada (El Mar[qués], probablemente), tal vez debido a la "prissa del mensagero" de la que habla Cavallón en la dedicatoria.

 

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